En PACO MORAN ASESORES queremos informarte de esta novedad.
Aquellos autónomos/as que cesen en su actividad empresarial, podrán solicitar desde ya mismo el cobro de la prestación de desempleo siempre y cuando el motivo del cese ed la actividad se deba a alguna de estas causas:
- Cese parcial para autónomos que tengan trabajadores asalariados: la reducción del 60 % de la jornada de la totalidad de los trabajadores de la empresa o la suspensión temporal de los contratos de trabajo del 60 % de la plantilla, siempre que se haya experimentado la reducción de ingresos que se exige a tales efectos.
- Cese parcial para autónomos que no tengan trabajadores asalariados: el mantenimiento de deudas durante dos trimestres consecutivos con acreedores que supongan una reducción del nivel de ingresos ordinarios o ventas del 60 % respecto del registrado en los mismos periodos del año anterior.
- Cese temporal parcial por fuerza mayor vinculado a una declaración de emergencia adoptada por la autoridad competente.
Además, se crean 2 nuevas prestaciones por cese de actividad vinculadas a la activación, bien sea en su modalidad cíclica (por una crisis general), bien en su modalidad sectorial. De este modo, aquellos negocios o sectores (tengan o no trabajadores asalariados) afectados por la activación de este mecanismo de protección, podrán acceder a estas prestaciones .
Este tipo de prestaciones se solicitan y se tramitan por las mutuas.
Deseo y confío en que esta información te sea de utilidad. Recibe un saludo.
Paco Morán,